En Nuevo México, las cuestiones y asuntos tratados durante la mediación son confidenciales cuando ésta se celebra mediante orden judicial o con un Acuerdo para mediar firmado. Se le pedirá que firme un Acuerdo para mediar si no hay una orden judicial para su mediación. Una excepción a la regla de confidencialidad es que los profesionales involucrados en la mediación deben reportar nuevos casos de abuso o negligencia, o amenazas de daño físico contra el menor. Cualquier conversación acerca de abuso o negligencia reportado previamente permanece confidencial.